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Legislación › Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantías de Espera en Atención Especializada.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Se faculta al Gobierno de Navarra para que, en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley Foral, elabore el desarrollo reglamentario previsto en la misma.

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