Legislación › Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantías de Espera en Atención Especializada.
TÍTULO II
TÍTULO II
Tiempos de respuesta
Se deja sin efecto hasta el 31 de diciembre de 2012, con las excepciones indicadas, por la disposición adicional 37 de la Ley Foral 19/2011, de 28 de diciembre. BOE-A-2012-1545.
Se deja sin efecto hasta el 31 de diciembre de 2011, con las excepciones indicadas, por el art. 1 de la Ley Foral 1/2011, de 6 de octubre. BOE-A-2011-20377.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-1545 | Leer | Qué cambió |
| 7 de octubre de 2011 | BOE-A-2011-20377 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2008 | Texto original | Leer |


