Legislación › Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana.
Artículo 135. De la conciliación y reparación.
Artículo 135. De la conciliación y reparación.
Los Equipos Técnicos dependientes funcionalmente de los Juzgados de Menores y Fiscalía de Menores realizarán las funciones de conciliación y reparación entre el menor y la víctima o perjudicado.


