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Legislación › Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana.

Artículo 135. De la conciliación y reparación.

Artículo 135. De la conciliación y reparación.

Los Equipos Técnicos dependientes funcionalmente de los Juzgados de Menores y Fiscalía de Menores realizarán las funciones de conciliación y reparación entre el menor y la víctima o perjudicado.

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