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Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana.
Derogada o sin vigencia Comunitat Valenciana · Publicada el 19 de agosto de 2008 · Último cambio el 24 de diciembre de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios rectores.
- Artículo 4. Líneas de actuación.
- Artículo 5. Criterios de interpretación.
- Artículo 6. Políticas integrales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2016
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Reconocimiento genérico de los derechos fundamentales y libertades públicas del menor.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Derecho a la vida.
- Artículo 9. Derecho de protección a la integridad física y psíquica del menor.
- Artículo 10. Derecho a la identidad y al nombre.
- Artículo 11. Derecho al conocimiento de los propios orígenes.
- Artículo 12. Derecho a la libertad ideológica y de creencias.
- Artículo 13. Derecho a la libertad de expresión y a la creación intelectual.
- Artículo 14. Derecho a la información.
- Artículo 15. Derecho al honor, intimidad y propia imagen.
- Artículo 16. Derecho frente al tratamiento de datos.
- Artículo 17. Derecho a la libre asociación.
- Artículo 18. Derecho a la participación.
- Artículo 19. Derecho de reunión.
- Artículo 20. Derecho a ser oído e informado de sus intereses.
- Artículo 21. Derecho a la defensa de sus intereses y a la tutela judicial efectiva.
- Artículo 22. Derecho a las relaciones familiares.
- CAPÍTULO III
- Artículo 23. Derecho a la enseñanza.
- Artículo 24. Atención preescolar.
- Artículo 25. Programas de ayudas a la enseñanza.
- Artículo 26. Notificación de situaciones de desprotección infantil.
- Artículo 27. Menores en situación de acogimiento residencial o familiar.
- Artículo 28. Menores internados en centros de reeducación.
- Artículo 29. No escolarización, absentismo y abandono escolar.
- Artículo 30. Unidades educativo-terapéuticas.
- Artículo 31. Del deber de los padres y representantes legales.
- Artículo 32. Programas educativos de padres e hijos.
- Artículo 33. Programas de resolución de conflictos en los centros docentes.
- Artículo 34. Programas de prevención de la agresividad y la violencia en centros docentes.
- Artículo 35. Integración social del alumnado.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 36. Promoción y protección de la salud.
- Artículo 37. Educación en la prevención.
- Artículo 38. Programas de detección, tratamiento precoz y atención.
- Artículo 39. Vacunación.
- Artículo 40. Protección frente al consumo de alcohol, tabaco, drogas y otras conductas adictivas.
- Artículo 41. Salud mental.
- Artículo 42. Hospitalización.
- Artículo 43. Derecho a la información veraz.
- Artículo 44. Consentimiento informado.
- Artículo 45. Notificación de situaciones de desprotección infantil.
- CAPÍTULO V
- Artículo 46. Derecho a un medio ambiente saludable y a una vivienda digna.
- Artículo 47. Derecho a la adecuación del espacio urbano.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 48. Derecho a la cultura, tiempo libre, juego y deporte.
- Artículo 49. Promoción de la cultura.
- Artículo 50. Promoción de la adecuada utilización del tiempo libre, del juego y del deporte.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 51. Atención integral.
- Artículo 52. Salud e integración social.
- Artículo 53. Educación.
- Artículo 54. Integración laboral.
- Artículo 55. Accesibilidad y eliminación de barreras.
- Artículo 56. Actividades culturales y deportivas.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 57. Menores con conductas inadaptadas.
- Artículo 58. Principios de actuación.
- Artículo 59. Unidades educativo-terapéuticas.
- Artículo 60. Centros educativos.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 61. Integración social.
- Artículo 62. Minorías culturales.
- Artículo 63. Menores extranjeros.
- CAPÍTULO X
- Artículo 64. Derecho a la formación y acceso al empleo.
- Artículo 65. Protección contra la explotación económica y laboral.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 66. Protección contra la explotación sexual.
- Artículo 67. Protección contra el tráfico de menores.
- CAPÍTULO XII
- Artículo 68. Objetivo y alcance general.
- Artículo 69. Prohibición de determinadas ventas a menores.
- Artículo 70. Prohibición de entrada y permanencia de menores en establecimientos y espectáculos públicos.
- Artículo 71. Protección del menor frente a los medios de comunicación.
- Artículo 72. Protección del menor frente al uso de servicios telefónicos, Internet y videojuegos.
- Artículo 73. Publicidad dirigida a menores.
- Artículo 74. Publicidad protagonizada por menores.
- Artículo 75. Prohibiciones en materia de publicidad y protección del menor.
- Artículo 76. Protección del menor como consumidor y usuario.
- CAPÍTULO XIII
- Artículo 77. Garantía genérica.
- Artículo 78. Difusión e información.
- Artículo 79. Defensa de sus derechos.
- Artículo 80. Reclamación de alimentos.
- Artículo 81. Formación de los profesionales que trabajan con menores.
- CAPÍTULO XIV
- Artículo 82. Deberes de los menores.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 83. Protección del menor frente a situaciones de riesgo y desamparo.
- Artículo 84. Principios rectores de actuación en materia de protección del menor.
- Artículo 85. Planificación de la intervención.
- CAPÍTULO II
- Artículo 86. Políticas de prevención para los menores.
- Artículo 87. Políticas de prevención en materia de apoyo a la familia.
- Artículo 88. Políticas de prevención en materia de educación.
- Artículo 89. Políticas de prevención en materia de salud.
- Artículo 90. Políticas de prevención en materia de formación y empleo.
- Artículo 91. Políticas de prevención en materia de relaciones sociales.
- Artículo 92. Asistencia al menor.
- CAPÍTULO III
- Artículo 93. Concepto de situación de riesgo.
- Artículo 94. Principios de actuación.
- Artículo 95. Medidas de apoyo familiar en situaciones de riesgo del menor.
- Artículo 96. Valoración de la situación de riesgo.
- Artículo 97. Deber de colaboración de padres o tutores.
- Artículo 98. Cese en la situación de riesgo.
- CAPÍTULO IV
- Sección I
- Artículo 99. Concepto y efectos de la declaración de desamparo.
- Artículo 100. Procedimiento de declaración de la situación de desamparo.
- Artículo 101. Procedimiento de urgencia.
- Artículo 102. Asistencia letrada.
- Sección II
- Artículo 103. Tutela por ministerio de la Ley.
- Artículo 104. Tutela ordinaria.
- Sección III
- Artículo 105. Asunción de la guarda.
- Artículo 106. Guarda voluntaria.
- Artículo 107. Guarda por acuerdo judicial.
- Artículo 108. Ejercicio de la guarda por La Generalitat.
- Sección IV
- Artículo 109. La medida de acogimiento residencial.
- Artículo 110. Contenido de la medida de acogimiento residencial.
- Artículo 111. Centros para la realización de la medida de acogimiento residencial.
- Artículo 112. Tipología de centros de carácter residencial.
- Artículo 113. Atención inmediata en los centros de recepción.
- Artículo 114. Del funcionamiento de los centros de protección de menores de carácter residencial.
- Sección V
- Artículo 115. Concepto y contenido.
- Artículo 116. Modalidades de acogimiento familiar.
- Artículo 117. Constitución del acogimiento familiar simple y permanente.
- Artículo 118. Acogimiento preadoptivo.
- Sección VI
- Artículo 119. Registro de Familias Educadoras.
- Artículo 120. Fomento del recurso de familias educadoras.
- Sección VII
- Artículo 121. Intervención, apoyo y compensación de gastos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
- Sección VIII
- Artículo 122. Extinción de la situación de desamparo y de la tutela por ministerio de la Ley.
- CAPÍTULO V
- Artículo 123. Principios de actuación.
- Artículo 124. Adopción nacional.
- Artículo 125. Adopción internacional.
- Artículo 126. Idoneidad para la adopción. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
- Artículo 127. Criterios de asignación.
- Artículo 128. Suspensión de la tramitación del procedimiento de adopción. 2 redacciones · cambió el 27/12/2012
- Artículo 129. Registro de Solicitudes de Adopción de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 130. Servicios de apoyo «postadopción».
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 131. Contenido del sistema de reeducación de menores.
- Artículo 132. Principios de actuación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 133. Prevención e inserción.
- CAPÍTULO III
- Artículo 134. Del asesoramiento.
- Artículo 135. De la conciliación y reparación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 136. Marco de la ejecución.
- Artículo 137. Colaboración en la ejecución.
- Artículo 138. Reglas para la ejecución de las medidas y traslado, en su caso, del menor a un centro.
- Artículo 139. Expediente personal.
- Artículo 140. Programa de ejecución de la medida.
- CAPÍTULO V
- Artículo 141. Medidas de medio abierto.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 142. Centros de ingreso.
- Artículo 143. Custodia de los menores detenidos.
- Artículo 144. Condiciones de funcionamiento de los centros.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 145. Actuaciones posteriores a la ejecución de las medidas.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 146. Competencias de La Generalitat.
- Artículo 147. Competencias de las Entidades Locales.
- Artículo 148. Ejercicio de las competencias de las Entidades Locales en materia de protección de menores.
- CAPÍTULO II
- Artículo 149. Principio de corresponsabilidad.
- Artículo 150. Colaboración en la gestión de las actuaciones de la Ley.
- Artículo 151. Colaboración interadministrativa.
- Artículo 152. Colaboración y coordinación con las Entidades Locales.
- Artículo 153. Colaboración con los órganos judiciales.
- Artículo 154. Colaboración con el Ministerio Fiscal.
- Artículo 155. Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Artículo 156. Deber de comunicación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 157. Fomento de la iniciativa social.
- Artículo 158. Instituciones colaboradoras en materia de protección de menores.
- Artículo 159. Deber de secreto.
- TÍTULO VI
- Artículo 160. Planificación y seguimiento de la Ley.
- Artículo 161. Observatorio Permanente de la Familia e Infancia de la Comunitat Valenciana.
- TÍTULO VII
- Artículo 162. Creación del Comisionado del Menor-Pare d’Òrfens.
- Artículo 163. Funciones del Comisionado del Menor.
- Artículo 164. Líneas de actuación.
- Artículo 165. Requisitos.
- Artículo 166. Nombramiento.
- Artículo 167. Cese del cargo.
- Artículo 168. Independencia institucional.
- Artículo 169. Funcionamiento de la Oficina del Comisionado del Menor.
- Artículo 170. Desarrollo reglamentario.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 171. Sujetos responsables.
- Artículo 172. Infracciones administrativas.
- Artículo 173. Infracciones leves.
- Artículo 174. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 28/12/2011
- Artículo 175. Infracciones muy graves.
- Artículo 176. Reincidencia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 177. Sanciones administrativas.
- Artículo 178. Graduación de las sanciones administrativas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 179. Órganos competentes.
- Artículo 180. Procedimiento aplicable.
- Artículo 181. Medidas cautelares.
- Artículo 182. Prescripción.
- Artículo 183. Caducidad.
- Artículo 184. Publicidad de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Prioridad presupuestaria.
- Disposición adicional segunda. Centros de Atención Temprana.
- Disposición adicional tercera. Actualización de las cuantías de las multas y afectación de ingresos por multas.
- Disposición adicional cuarta. Día de la Infancia en la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional quinta. Constitución de instituciones y órganos.
- Disposición derogatoria única. Cláusula derogatoria.
- Disposición final primera. Entrada en vigor.
- Disposición final segunda. Autorización de desarrollo.
- [firma]


