Legislación › Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana.
Artículo 61. Integración social.
Artículo 61. Integración social.
La Generalitat velará por la integración social plena, activa y efectiva de los menores, así como por el acceso al sistema público de acción social, en especial de aquéllos que por cualquier circunstancia o condición encuentren dificultades para ello o puedan ser objeto de trato discriminatorio.


