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Legislación › Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana.

Artículo 168. Independencia institucional.

Artículo 168. Independencia institucional.

El Comisionado del Menor no estará sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad. Desempeñará sus funciones con plena autonomía y transparencia, según su leal saber y entender.

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