Legislación › Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Se habilita a la Ministra de Trabajo y Economía Social para dictar cuantas normas sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en este real decreto.
Se modifica por el art. único.8 del Real Decreto 96/2022, de 1 de febrero. BOE-A-2022-1655
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de febrero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-1655 | Leer | Qué cambió |
| 21 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |
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