Legislación › Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de agosto de 2008 y la del 3 de febrero de 2022.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras).
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Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Se habilita al Ministro a la Ministra de Trabajo e Inmigración y Economía Social para dictar cuantas normas sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en este real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de febrero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-1655 | Leer | Qué cambió |
| 21 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |
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