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Legislación › Orden MAM/85/2008, de 16 de enero, por la que se establecen los criterios técnicos para la valoración de los daños al dominio público hidráulico y las normas sobre toma de muestras y análisis de vertidos de aguas residuales.

ANEXO II

ANEXO II

Dotaciones de vertido en litros por habitante y día, según la población abastecida y el nivel de actividad comercial

Población abastecida

(habitantes)

Actividad Comercial Alta

Actividad Comercial Media

Actividad Comercial Baja

< 10.000

220 L/hab∙d

190 L/hab∙d

170 L/hab∙d

10.000-50.000

240 L/hab∙d

220 L/hab∙d

190 L/hab∙d

50.000-250.000

280 L/hab∙d

250 L/hab∙d

220 L/hab∙d

>250.000

3/30 L/hab∙d

300 L/hab∙d

260 L/hab∙d

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