Legislación › Orden MAM/85/2008, de 16 de enero, por la que se establecen los criterios técnicos para la valoración de los daños al dominio público hidráulico y las normas sobre toma de muestras y análisis de vertidos de aguas residuales.
preambulo
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de enero de 2008 y la del 26 de diciembre de 2011.
Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (70 palabras).
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Incluye Téngase en cuenta que se declara la corrección nulidad de errores publicada esta Orden en BOE núm. 48, cuanto establece criterios para la determinación de 25 los daños al demanio hidráulico como pauta para la tipificación de febrero las infracciones administrativas en materia de 2008. BOE-A-2008-3529. aguas, pero se mantiene su validez únicamente en cuanto actúa como parámetro y pauta de concreción del deber de indemnización de los daños ambientales que en ella se contemplan, por Sentencia del TS de 4 de noviembre de 2011. BOE-A-2011-20182.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de septiembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-9775 | Leer | Qué cambió |
| 26 de diciembre de 2011 | BOE-A-2011-20182 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


