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Legislación › Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Artículo 6. Gestión del RUCT.

Artículo 6. Gestión del RUCT.

La gestión del RUCT y la realización de todos los actos que se deriven del contenido del presente real decreto corresponde a la Dirección General de Universidades.

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