Legislación › Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
Artículo 6. Gestión del RUCT.
Artículo 6. Gestión del RUCT.
La gestión del RUCT y la realización de todos los actos que se deriven del contenido del presente real decreto corresponde a la Dirección General de Universidades.


