Legislación › Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 46. Determinación del cumplimiento de condiciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 7 de julio de 2017.
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Artículo 46. Determinación del cumplimiento de condiciones.
Realizadas por el órgano gestor las comprobaciones a que se refieren los artículos anteriores, si de ellas resulta el cumplimiento de las condiciones establecidas en cada caso, se realizará éste órgano otorgará la liquidación correspondiente. conformidad a la justificación presentada por el beneficiario, realizándose la correspondiente liquidación. De lo contrario, se iniciará el procedimiento a que se refiere el título siguiente.
La declaración de conformidad del órgano gestor se entenderá sin perjuicio de las actuaciones de control financiero permanente y de control financiero de subvenciones que, en el ejercicio de sus competencias, lleve a cabo con posterioridad la Intervención General de la Administración de la Comunidad, y de las consecuencias que de dichas actuaciones se deriven.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de julio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-9778 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | Texto original | Leer |


