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Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 16 de octubre de 2008 · Último cambio el 14 de mayo de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Entidades del sector público autonómico que pueden establecer y conceder subvenciones.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Planes estratégicos de subvenciones.
- Artículo 5. Convenios de colaboración con entidades colaboradoras.
- Artículo 6. Bases reguladoras de la concesión de subvenciones. 2 redacciones · cambió el 18/12/2009
- Artículo 7. Competencia para la aprobación de las bases reguladoras.
- Artículo 8. Información sobre la gestión de subvenciones.
- Artículo 9. Competencia para resolver los procedimientos de concesión de subvenciones. 2 redacciones · cambió el 18/12/2009
- Artículo 10. Contenido de las resoluciones.
- Artículo 11. Convenios.
- Artículo 12. Plazo para resolver.
- Artículo 13. Incidencias posteriores a la concesión.
- Artículo 14. Fin de la vía administrativa.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 15. Iniciación. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 16. Convocatoria de subvenciones. 2 redacciones · cambió el 17/07/2012
- Artículo 17. Competencia para aprobar las convocatorias de subvenciones.
- Artículo 18. Solicitudes.
- Artículo 19. Subsanación.
- Artículo 20. Selección de los beneficiarios.
- Artículo 21. Comisión de valoración.
- Artículo 22. Órgano instructor.
- Artículo 23. Audiencia de los interesados.
- Artículo 24. Reformulación de solicitudes.
- Artículo 25. Propuesta de resolución.
- Artículo 26. Aceptación por el beneficiario.
- Artículo 27. Resolución. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- Artículo 28. Resolución de los recursos administrativos.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 29. Subvenciones nominativas.
- Sección 2
- Artículo 30. Subvenciones establecidas por ley.
- Sección 3
- Artículo 31. Subvenciones concedidas directamente por la Administración de la Comunidad por razones que dificulten su convocatoria pública. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
- Artículo 32. Subvenciones concedidas directamente por otros entes del sector público autonómico.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 33. Aprobación y compromiso del gasto. 2 redacciones · cambió el 24/06/2022
- Artículo 34. Reajuste de anualidades.
- Artículo 35. Del procedimiento general de pago.
- Artículo 36. Pagos a cuenta.
- Artículo 37. Pagos anticipados en las subvenciones con convocatoria previa o normas específicas. 2 redacciones · cambió el 14/05/2024
- Artículo 38. Pagos anticipados en las subvenciones nominativas.
- Artículo 39. Pagos anticipados en las subvenciones concedidas directamente por razones que dificulten su convocatoria pública. 3 redacciones · cambió el 06/03/2023
- Artículo 40. Retención de pagos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 41. Justificación de las condiciones de la subvención. 2 redacciones · cambió el 06/03/2023
- Artículo 42. Plazos de justificación de las condiciones de la subvención.
- Artículo 43. Comprobación de la justificación de las subvenciones.
- Artículo 44. Comprobación de valores.
- Artículo 45. Tasación pericial contradictoria.
- Artículo 46. Determinación del cumplimiento de condiciones. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
- TÍTULO IV
- Artículo 47. Incumplimientos del beneficiario y entidades colaboradoras.
- Artículo 48. Determinación del incumplimiento y el reintegro.
- Artículo 49. Competencia para la resolución del procedimiento para determinar el incumplimiento y el reintegro.
- Artículo 50. Exigencia del reintegro.
- Artículo 51. Obligados al reintegro.
- Artículo 52. Naturaleza de los créditos a reintegrar.
- Artículo 53. Prescripción.
- TÍTULO V
- Artículo 54. Del régimen de infracciones y sanciones.
- Artículo 55. Competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de subvenciones.
- Disposición adicional primera. Ayudas en especie.
- Disposición adicional segunda. Subvenciones libradas por el Estado a la Comunidad para ponerlas a disposición de un tercero.
- Disposición adicional tercera. Contratos programa.
- Disposición adicional cuarta. Cooperación Económica Local General. 4 redacciones · cambió el 14/05/2024
- Disposición adicional quinta. Entregas dinerarias sin contraprestación que realicen las empresas y fundaciones públicas de la Comunidad.
- Disposición adicional sexta. Justificación de subvenciones concedidas por la Administración de la Comunidad a entidades locales y a los organismos y entidades públicas dependientes de ellas.
- Disposición adicional séptima. Aportaciones a entidades del sector público autonómico destinadas a la realización de actuaciones concretas.
- Disposición adicional octava. Subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo.
- Disposición transitoria primera. Normas de aplicación supletoria.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de procedimientos.
- Disposición transitoria tercera. Régimen de control interno de determinadas aportaciones dinerarias.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Gestión de subvenciones estatales y de la Unión Europea.
- Disposición final segunda. Modificación del artículo 29 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.
- Disposición final tercera. Modificación del artículo 48 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.
- Disposición final cuarta. Modificación de los artículos 49 y 56 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 21/1994, de 15 de diciembre, de creación de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León.
- Disposición final séptima. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
- Firma


