Legislación › Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
Disposición adicional segunda. Subvenciones libradas por el Estado a la Comunidad para ponerlas a disposición de un tercero.
Disposición adicional segunda. Subvenciones libradas por el Estado a la Comunidad para ponerlas a disposición de un tercero.
Las subvenciones nominativas que se concedan por los órganos competentes de la Administración del Estado y que sean libradas a la Comunidad de Castilla y León para ponerlas a disposición de un tercero, serán tratadas como operaciones extrapresupuestarias.
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