Legislación › Real Decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, por el que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo.
Disposición adicional primera. Símbolo CE «℮».
Disposición adicional primera. Símbolo CE «℮».
La utilización del símbolo CE «℮» establecida en el artículo 9.c) podrá autorizarse también cuando se utilicen métodos de control de eficacia comparable al recogido en la norma.
Dichos métodos serán aprobados mediante la oportuna disposición de desarrollo de este real decreto.


