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Real Decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, por el que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 4 de noviembre de 2008 · Último cambio el 4 de noviembre de 2008 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Comercialización y libre circulación de determinados productos.
- Artículo 5. Generadores aerosoles.
- Artículo 6. Envases múltiples formados por dos o más envases individuales no destinados a ser vendidos por separado.
- Artículo 7. Principios generales del control del contenido de los productos envasados.
- Artículo 8. Tolerancias.
- Artículo 9. Inscripciones y marcado.
- Artículo 10. Modalidades en el control estadístico de lotes.
- Artículo 11. Control del contenido efectivo.
- Artículo 12. Control de la media del contenido efectivo del lote de envases.
- Artículo 13. Medición del contenido efectivo de los envases.
- Artículo 14. Responsabilidades.
- Artículo 15. Controles a efectuar por los servicios de inspección competentes.
- Articulo 16. Prohibiciones, infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Símbolo CE «℮».
- Disposición adicional segunda. Modificación del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación del derecho comunitario al derecho español.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1424/1983, de 27 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la obtención de la sal y salmueras comestibles.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


