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Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta».
En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 17 de noviembre de 2008 · Último cambio el 23 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Aprobación del modelo 216.
- Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 216. 2 redacciones · cambió el 31/01/2024
- Artículo 3. Lugar de presentación e ingreso del modelo 216 en impreso.
- Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 216.
- Artículo 5. Condiciones generales y procedimiento para la presentación telemática del modelo 216.
- Artículo 6. Aprobación del modelo 296.
- Artículo 7. Sujetos obligados a la presentación de la declaración anual 296.
- Artículo 8. Contenido del modelo 296. 2 redacciones · cambió el 31/01/2024
- Artículo 9. Formas de presentación del modelo 296.
- Artículo 10. Aprobación de los diseños físicos y lógicos a los que debe ajustarse el soporte directamente legible por ordenador del modelo 296.
- Artículo 11. Plazo de presentación del modelo 296. 2 redacciones · cambió el 31/01/2024
- Artículo 12. Lugar y procedimiento de presentación del modelo 296 en impreso.
- Artículo 13. Lugar y procedimiento de presentación del modelo 296 en soporte directamente legible por ordenador.
- Artículo 14. Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 296.
- Artículo 15. Presentación telemática por Internet del modelo 296.
- Artículo 16. Presentación telemática por teleproceso del modelo 296.
- Artículo 17. Documentación.
- Artículo 18. Documentación en el caso de entidades autorizadas para la gestión colectiva de derechos de la propiedad intelectual.
- Artículo 19. Documentación en el caso de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva españolas. 2 redacciones · cambió el 26/11/2014
- Artículo 20. Reglas aplicables al suministro informativo en el modelo 296, en el supuesto de que existan varios perceptores titulares del mismo elemento patrimonial bien o derecho de que provengan las rentas objeto del modelo.
- Disposición adicional única. Información relativa a cuentas de no residentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


