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Legislación › Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta».

Artículo 11. Plazo de presentación del modelo 296.

Artículo 11. Plazo de presentación del modelo 296.

El plazo de presentación de la declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta, modelo 296, incluyendo, en su caso, el "Anexo de desglose de retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra", será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de enero del año siguiente al que corresponde la declaración anual.

No obstante, los anexos al registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo 296, denominados "Valores negociables. Relación de pago a contribuyentes" y "Valores negociables. Relación de certificados de pago", se presentarán durante el mes natural siguiente a la fecha de presentación del modelo 210.

Se modifica por el art. 2.3 de la Orden HAC/56/2024, de 25 de enero. BOE-A-2024-1772

Redacciones de este artículo

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1 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1772 Leer Qué cambió
18 de noviembre de 2008 Texto original Leer

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