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Legislación › Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa.

Artículo 14. Terminación del procedimiento.

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Artículo 14. Terminación mediante acuerdo de eliminar la doble imposición o la imposición no acorde con el convenio. del procedimiento.
1. Cuando las autoridades competentes alcancen un acuerdo para eliminar la doble imposición o la imposición no acorde con el convenio, aquél se formalizará mediante un intercambio de cartas. Dicho acuerdo se El procedimiento amistoso podrá aceptar o rechazar terminar por el obligado tributario. alguna de las siguientes causas:
2. La aceptación por el obligado tributario se formalizará a) Por desistimiento en un escrito los términos previstos en el que quedará constancia de su conformidad con el contenido del artículo 15.
b) Por
acuerdo y de su renuncia a los recursos pendientes que pudiera tener presentados respecto a las cuestiones solucionadas por este procedimiento. El acuerdo adquirirá firmeza en la fecha autoridad competente española en que el obligado tributario acepte expresamente el mismo.
3. La no aceptación
caso del artículo 11.3.a) de acuerdo por el obligado tributario se formalizará en un escrito con lo previsto en el que quedará constancia artículo 16.
c) Por acuerdo entre las autoridades competentes
de su disconformidad los Estados implicados, de acuerdo con lo previsto en el contenido del acuerdo. Esta disconformidad se comunicará a la autoridad competente artículo 16.
2. No podrá interponerse recurso alguno contra los acuerdos de terminación
del otro Estado para, procedimiento, sin perjuicio de mutuo acuerdo, considerar los recursos que procedan contra el caso cerrado con acuerdo de no eliminar la doble imposición acto o la imposición no acorde con el convenio. actos administrativos que se dicten en aplicación de dichos acuerdos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de junio de 2021 En vigor BOE-A-2021-9558 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 2008 Texto original Leer

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