Legislación › Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa.
Artículo 30. Desarrollo de las actuaciones.
Artículo 30. Desarrollo de las actuaciones.
La autoridad competente española elaborará una propuesta inicial sobre el caso que se comunicará a la autoridad competente del otro Estado.
Se modifica por el art. único.30 del Real Decreto 399/2021, de 8 de junio. BOE-A-2021-9558
Su anterior numeración era art. 28.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de junio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9558 | Leer | Qué cambió |
| 19 de noviembre de 2008 | Texto original | Leer |


