Legislación › Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado.
Artículo 11. Personal directivo de empresa.
Artículo 11. Personal directivo de empresa.
Se entenderá por «personal directivo de empresa», toda persona que, en una empresa del sector profesional correspondiente, haya ejercido la función de directivo de una empresa o de una sucursal de una empresa, o la función de adjunto al propietario o al directivo de una empresa si dicha función implica una responsabilidad equivalente a la del propietario o directivo representado, o la función de ejecutivo encargado de tareas comerciales o técnicas y responsable de uno o varios departamentos de la empresa.


