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Legislación › Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno.

Artículo 5. Nombramiento.

Artículo 5. Nombramiento.

1. El presidente o presidenta de la Generalidad, tras ser investido por el Parlamento, es nombrado por el rey o reina a propuesta del presidente o presidenta del Parlamento.

2. El nombramiento del presidente o presidenta de la Generalidad se publica en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y tiene efectos a partir de la toma de posesión, que debe celebrarse en el plazo de cinco días a partir del nombramiento.

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