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Legislación › Orden ESD/3669/2008, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado.

Artículo 19. Funcionamiento.

Artículo 19. Funcionamiento.

El Consejo Escolar del Estado funcionará en Pleno, en Comisión Permanente, en Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos y en Ponencias, mediante la emisión de informes, dictámenes y propuestas, de conformidad con las atribuciones que este Reglamento reconoce a cada uno de los respectivos órganos.

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