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Legislación › Ley 4/2008, de 24 de noviembre, por la que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

Artículo 9. Ingreso de la recaudación de la Agencia en la Tesorería de la Comunidad Autónoma.

Artículo 9. Ingreso de la recaudación de la Agencia en la Tesorería de la Comunidad Autónoma.

La recaudación de los recursos de cualquier naturaleza, obtenida por la Agencia en el desarrollo de sus funciones, se ingresará en la Tesorería de la Comunidad Autónoma.

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