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Ley 4/2008, de 24 de noviembre, por la que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 20 de diciembre de 2008 · Último cambio el 30 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Sección 1
  4. Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
  5. Artículo 2. Adscripción y control.
  6. Artículo 3. Régimen jurídico.
  7. Artículo 4. Convenios de colaboración.
  8. Artículo 5. Contrato de gestión y plan de acción anual.
  9. Sección 2
  10. Artículo 6. Organización y competencias de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  11. Artículo 7. Funciones y competencias de la Agencia. 2 redacciones · cambió el 01/06/2012
  12. Artículo 8. Principios generales de organización y actuación de la Agencia.
  13. Artículo 9. Ingreso de la recaudación de la Agencia en la Tesorería de la Comunidad Autónoma.
  14. Capítulo II
  15. Artículo 10. Órganos de la Agencia.
  16. Artículo 11. La Presidencia.
  17. Artículo 12. Del Consejo Rector.
  18. Artículo 13. La Dirección. 2 redacciones · cambió el 01/06/2012
  19. Artículo 14. El Comité Ejecutivo.
  20. Artículo 15. Oficina para la Defensa del Contribuyente.
  21. Capítulo III
  22. Sección 1
  23. Artículo 16. Personal de la Agencia.
  24. Artículo 17. La oferta pública de empleo.
  25. Artículo 18. Procedimientos de selección.
  26. Artículo 19. Personal funcionario de carácter directivo.
  27. Artículo 20. Formación del personal.
  28. Artículo 21. Estructura y puestos de trabajo.
  29. Artículo 22. Procedimientos de provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal.
  30. Sección 2
  31. Artículo 23. Contratación.
  32. Artículo 24. Patrimonio.
  33. Sección 3
  34. Artículo 25. Recursos económicos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
  35. Capítulo IV
  36. Artículo 26. Propuesta del presupuesto de la Agencia.
  37. Artículo 27. Estructura, contenido y modificación del presupuesto.
  38. Artículo 28. Ejecución del Presupuesto y Pago material de las obligaciones.
  39. Artículo 29. Contabilidad.
  40. Artículo 30. Control.
  41. Disposición adicional primera. Creación de la Escala Tributaria del Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas.
  42. Disposición adicional segunda. Creación de la Escala Tributaria del Cuerpo Técnico de Finanzas.
  43. Disposición adicional tercera. Creación de la Escala de Analista de Informática Tributaria del Cuerpo Facultativo Superior. 2 redacciones · cambió el 01/06/2012
  44. Disposición adicional cuarta. Creación de la Escala de Técnico de Gestión de Sistemas Informáticos Tributarios del Cuerpo de Diplomados y Técnicos medios. 2 redacciones · cambió el 01/06/2012
  45. Disposición adicional quinta. Régimen de adscripción del personal.
  46. Disposición adicional sexta. Implantación del sistema de anticipo de caja fija.
  47. Disposición adicional séptima. Gestión de datos de carácter personal.
  48. Disposición transitoria primera. Asunción efectiva de funciones por la Agencia.
  49. Disposición transitoria segunda. Régimen de Integración en las Escalas de nueva creación.
  50. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio contable, patrimonial, de tesorería y presupuestario.
  51. Disposición derogatoria única.
  52. Disposición final primera. Constitución y puesta en funcionamiento de la Agencia.
  53. Disposición final segunda. Referencias normativas a las funciones de la Agencia.
  54. Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
  55. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  56. Firma