Legislación › Ley 4/2008, de 24 de noviembre, por la que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
Artículo 15. Oficina para la Defensa del Contribuyente.
Artículo 15. Oficina para la Defensa del Contribuyente.
1. Se crea la Oficina para la Defensa del Contribuyente para velar por la efectividad de los derechos y garantías de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Tributaria de Cantabria. Su estructura y régimen de funcionamiento se regularán en el Reglamento de la Agencia.
2. La Agencia debe disponer de los mecanismos e instrumentos necesarios para poder atender adecuadamente a los contribuyentes y para que éstos puedan ejercer sus derechos. En este sentido, corresponde a la Agencia aprobar una carta de derechos de los contribuyentes, que debe contener de una manera sistematizada las prestaciones que pone a disposición de los contribuyentes y los compromisos de calidad en su actuación.


