Legislación › Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
Disposición adicional tercera. Adaptación de los seguros existentes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2009 y la del 27 de abril de 2015.
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Disposición adicional tercera. Adaptación de los seguros existentes.
1. Aquellos titulares de actividades económicas o profesionales que además de por disposiciones medioambientales anteriores a la Ley 26/2007, de 23 de octubre, estén sujetos por otras normas, a la obligación de prestar fianzas o contratar seguros de responsabilidad que cubran daños a las personas, a las cosas y a la restauración de los recursos naturales podrán, bien sustituir substituir dichas fianzas y seguros por otras mediante los que se cubran también las responsabilidades que deriven de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, o complementarlas con esta misma finalidad.
2. Para la fijación de las cuantías que se deban asegurar conforme a la citada ley, la autoridad competente utilizará los operadores utilizarán los criterios fijados en este real decreto. reglamento respecto de los daños medioambientales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de abril de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3716 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2009 | Texto original | Leer |
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