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Legislación › Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

ANEXO III

ANEXO III

Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Públicos

 

Miles de euros

Ministerio de Economía y Hacienda

 

Instituto de Crédito Oficial (ICO) (1)

12.500.000,00

Ministerio de Fomento

 

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) (2)

1.175.657,00

Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (2)

535.322,00

Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) (3)

68.140,00

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) (2)

1.075.000,00

RENFE-Operadora (4)

769.599,00

Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) (3)

82.043,00

Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

 

Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)

90.151,82

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

129.269,00

Confederación Hidrográfica del Júcar

20.000,00

Confederación Hidrográfica del Miño-Sil

51.500,00

Confederación Hidrográfica del Cantábrico

42.000,00

Confederación Hidrográfica del Tajo

20.000,00

Mancomunidad de los Canales del Taibilla

12.577,00

(1) Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.

(2) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a largo plazo con entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

(3) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009.

(4) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de endeudamiento a corto y largo plazo en entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, por lo que no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen en el año, ni se computará en el mismo de la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.

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