Legislación › Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
Artículo 53. Solicitudes de autorización de actividades arqueológicas y Proyectos Generales de Investigación Arqueológica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de diciembre de 2009 y la del 28 de junio de 2010. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 53. Solicitudes.
1. Podrán solicitar autorización para realizar actividades arqueológicas:
a) Las personas físicas, individualmente consideradas o formando equipos de investigación, que cuenten con la titulación o acreditación profesional que normativamente se determine.
b) Los departamentos de universidades u otras instituciones científicas, españolas o comunitarias, relacionados con la investigación del Patrimonio Arqueológico.
c) Los museos arqueológicos o que cuenten con sección de Arqueología.
d) Los institutos de Prehistoria y Arqueología del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
e) Las Administraciones Públicas que pretendan realizar tales actividades directamente y cuenten con el personal debidamente titulado o acreditado para ello.
Cuando se trate de personas físicas, equipos de investigación o instituciones científicas extranjeras no comunitarias, la solicitud se acompañará de informe emitido por otra persona o institución española de entre las enumeradas en este apartado.
2. En todo caso la solicitud habrá de ir suscrita por la persona con titulación suficiente y acreditada experiencia que asuma la dirección de los trabajos.
3. Por la Consejería competente en materia de patrimonio histórico podrá recabarse de los organismos y autoridades competentes la información precisa para comprobar los datos referentes a titulación y experiencia profesional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de febrero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-90030 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2010 | BOE-A-2010-9887 | Leer | Qué cambió |
| 27 de diciembre de 2009 | BOE-A-2009-90030 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


