Legislación › Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
Artículo 69. Concepto y régimen jurídico del Patrimonio Documental Andaluz.
Artículo 69. Concepto y régimen jurídico del Patrimonio Documental Andaluz.
1. El Patrimonio Documental de Andalucía es el conjunto de los documentos producidos, recibidos o reunidos por las personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, ubicados en Andalucía, que poseen, por su origen, antigüedad o valor, interés para la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el presente capítulo.
2. El Patrimonio Documental Andaluz se regirá por su legislación específica y, en lo no previsto en ella, se aplicará lo dispuesto en esta Ley, en especial las normas relativas a bienes muebles.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 3.1 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre. BOE-A-2011-18654.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2011-18654 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


