Legislación › Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje.
Disposición transitoria segunda. Plan inicial de actuación.
Disposición transitoria segunda. Plan inicial de actuación.
Hasta tanto se apruebe el contrato de gestión, la actuación de la Agencia, incluida la ordenación de puestos de trabajo y la aprobación de su presupuesto, se desarrolla con arreglo a la memoria aprobada, a la que se refiere el artículo 3 de la Ley 28/2006, de 18 de julio, que contendrá el Plan Inicial de Actuación.
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