Legislación › Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje.
Disposición transitoria primera. Elaboración del Contrato de Gestión.
Disposición transitoria primera. Elaboración del Contrato de Gestión.
El Consejo Rector de la Agencia Estatal Antidopaje deberá aprobar y remitir, para su efectiva aprobación, a los Departamentos competentes, en el plazo de tres meses desde su constitución, la primera propuesta de Contrato de Gestión a que se refiere el artículo 14 de la Ley 28/2006, de 18 de julio.
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