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Legislación › Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.

Artículo 87. Ámbito de aplicación.

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Artículo 87. Ámbito de aplicación.
1. Este título será de aplicación a las empresas de servicios de inversión, a los grupos consolidables de empresas de servicios de inversión, a las sociedades financieras de cartera y a las sociedades financieras mixtas de cartera en los términos previstos en el texto refundido de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no les serán de aplicación los artículos 89, 92, 95, 98 y 101 de este título a las empresas de servicios de inversión que cumplan los requisitos siguientes:
a) No estar autorizadas a prestar el servicio auxiliar al que se refiere el artículo 63.2.a) 141.a) del texto refundido de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
b) Prestar únicamente uno o varios de los servicios o actividades de inversión enumerados en el artículo 63.1.a), 140.1.a), b), d) y g) del texto refundido de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
c) No estar autorizadas para tener en depósito dinero o valores de sus clientes y que, por esta razón, nunca puedan hallarse en situación deudora respecto de dichos clientes.
3. Adicionalmente, a las empresas de servicios de inversión definidas en el apartado anterior que presten únicamente los servicios o actividades de inversión enumerados en el artículo 63.1.a) y g) 141.a) del texto refundido de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tampoco les serán de aplicación los artículos 90, 91, 93, 94, 99 y 100 de este título.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2018-17879 Leer Qué cambió
10 de mayo de 2015 BOE-A-2015-5164 Leer

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