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Legislación › Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

Artículo 28. Documentación relativa a las evaluaciones.

Artículo 28. Documentación relativa a las evaluaciones.

El Ministerio de Sanidad y Consumo, previo informe de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de la Salud y teniendo en cuenta las previsiones de este real decreto y los criterios de evaluación que determinen las comisiones nacionales de la especialidad, aprobará las directrices básicas que deben contener los documentos acreditativos de las evaluaciones. Dichas directrices serán de aplicación a todas las unidades docentes acreditadas para impartir formación especializada.

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