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Legislación › Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa.

Artículo 4. Graduación del proceso.

Artículo 4. Graduación del proceso.

El procedimiento de integración se podrá efectuar de forma independiente para cada uno de los hospitales de la Red Hospitalaria de la Defensa, atendiendo a criterios de prioridad según las necesidades organizativas del Ministerio de Defensa.

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