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Legislación › Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.

Artículo 49. Autorización de unidades de radiofarmacia.

Artículo 49. Autorización de unidades de radiofarmacia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.3 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, la Consejería competente en materia de salud autorizará las unidades de radiofarmacia, bajo la supervisión y control de un facultativo especialista en radiofarmacia.

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