Legislación › Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.
Disposición adicional octava. Convenios tipo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de diciembre de 2011 y la del 1 de agosto de 2012.
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Disposición adicional octava. Convenios tipo.
Se elaborará una propuesta de convenio tipo, sobre la base de lo establecido en el artículo 60 quater, que deberá ser informada por la Consejería competente en materia de Hacienda.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición, añadida por el Decreto-ley 3/2011, de 13 de diciembre. BOJA-b-2011-90077, desde el 20 de julio de 2012 para las partes en el proceso y desde el 1 de agosto de 2012 para los terceros, por providencia del TC de 24 de julio de 2012 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4539/2012. BOE-A-2012-10345
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-945 | Leer | Qué cambió |
| 21 de diciembre de 2012 | BOE-A-2012-15377 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-10345 | Leer | Qué cambió |
| 17 de diciembre de 2011 | BOE-A-2011-90077 | Leer |
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