Legislación › Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
Artículo 122. Infracciones.
Artículo 122. Infracciones.
Son infracciones en materia de vivienda todas las acciones u omisiones tipificadas como tales por la presente ley, sin perjuicio de las especificaciones que puedan efectuarse por reglamento, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente en materia sancionadora.


