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Legislación › Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

Artículo 122. Infracciones.

Artículo 122. Infracciones.

Son infracciones en materia de vivienda todas las acciones u omisiones tipificadas como tales por la presente ley, sin perjuicio de las especificaciones que puedan efectuarse por reglamento, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente en materia sancionadora.

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