Legislación › Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
Disposición final.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2008 y la del 31 de enero de 2014.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras).
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Disposición final.
La presente ley entra en vigor al cabo de tres meses de su publicación en el «Diari Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya». Catalunya. La obligación de entregar el certificado de aptitud del edificio en los actos de transmisión de viviendas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65.1.e) y el artículo 65.2, no es exigible hasta el 1 de enero de 2016.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de marzo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2014 | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2008 | Texto original | Leer |


