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Legislación › Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

Disposición final.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2008 y la del 31 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final.
La presente ley entra en vigor al cabo de tres meses de su publicación en el «Diari Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya». Catalunya. La obligación de entregar el certificado de aptitud del edificio en los actos de transmisión de viviendas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65.1.e) y el artículo 65.2, no es exigible hasta el 1 de enero de 2016.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3637 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
9 de abril de 2008 Texto original Leer

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