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Legislación › Real Decreto 225/2008, de 15 de febrero, por el que se completa la aplicación del modelo comunitario de clasificación de las canales de vacuno pesado y se regula el registro de los precios de mercado.

ANEXO VIII

ANEXO VIII

Correspondencias vivo/canal

A efectos de la determinación del peso canal mínimo para considerar una canal de vacuno clasificada como procedente de un bovino pesado de peso superior a 300 kilogramos de peso vivo, se establecen las siguientes correspondencias entre pesos en vivo y pesos en canal para las distintas categorías de bovinos.

Categorías, calidades y coeficientes

Categorías y calidades

Coeficientes de conversión

en peso vivo a peso canal

Peso mínimo canal

Añojos (categoría AR)

58

174

Añojos (categoría AO)

56

168

Vacas (categoría D,ROP)

47

141

(categoría BR)

54

162

Novillas (categoría ER)

59

177

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