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Orden ITC/694/2008, de 7 de marzo, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta.
En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 15 de marzo de 2008 · Último cambio el 15 de marzo de 2008 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Contenido del derecho de cobro correspondiente a la financiación del desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- Artículo 3. Intereses de actualización reconocidos del valor base del derecho de cobro correspondiente a la financiación del desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 4. Titulares iniciales.
- Artículo 5. Titulares sucesivos.
- Artículo 6. Registro de titulares.
- Artículo 7. Derechos de información de los titulares.
- Artículo 8. Procedimiento de subasta para la financiación del déficit reconocido ex ante en las liquidaciones de las actividades reguladas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Cuenta destinada al ingreso y al abono del derecho de cobro correspondiente al desajuste de ingresos de las actividades reguladas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 10. Determinación y abono del derecho de cobro.
- Artículo 11. Procedimiento a seguir por la Comisión Nacional de Energía.
- Artículo 12. Satisfacción del derecho de cobro en el plazo máximo de quince años.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 13. Cálculo y determinación de la anualidad y del importe pendiente de cobro.
- Artículo 14. Procedimiento para el cálculo definitivo del importe pendiente de cobro correspondiente a los derechos y anualidad.
- Disposición adicional primera. Cálculos previstos en la presente orden ministerial.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Acceso a los datos de los consumidores.
- Disposición final segunda. Aplicación y ejecución de esta orden.
- Disposición final tercera. Inicio de las subastas.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


