LexTotal

Legislación › Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

Disposición adicional segunda. Órgano colegiado.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de marzo de 2008 y la del 5 de agosto de 2012. Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda. Órgano colegiado.
En el ámbito de gestión de la Administración General La composición del Estado, el órgano colegiado previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tendrá la misma composición que la Comisión Permanente del Patronato de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, o bien la misma que la Comisión Ejecutiva Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en el supuesto previsto será determinada en el artículo 18.1.a) las correspondientes normas de esta orden. convocatoria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de agosto de 2012 En vigor BOE-A-2012-10474 Leer Qué cambió
19 de marzo de 2008 Texto original Leer

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →