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Legislación › Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO V B)

ANEXO V B)

Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables

0176. Recepción y reservas.

0173. Marketing turístico.

0171. Estructura del mercado turístico.

UC0263_3: Participar en el desarrollo de acciones comerciales y reservas.

0176. Recepción y reservas.

0172. Protocolo y relaciones públicas.

UC0264_3: Realizar las actividades propias de la recepción.

0176. Recepción y reservas.

0175. Gestión del departamento de pisos.

0177. Recursos humanos en el alojamiento.

UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
0174. Dirección de alojamientos turísticos. UC2277_2: Adaptar las posibilidades del establecimiento de alojamiento en el entorno rural al plan turístico local o comarcal, a su demanda y a sus planes de desarrollo.

0172. Protocolo y relaciones públicas.

0175. Gestión del departamento de pisos.

0177. Recursos humanos en el alojamiento.

UC1067_3: Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente.
0175. Gestión del departamento de pisos. UC1068_3: Supervisar los procesos del departamento de pisos.
0179. Inglés profesional (GS). UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.

 Se modifica por el art. 3.2 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. BOE-A-2024-10685

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10685 Leer Qué cambió
16 de enero de 2008 Texto original Leer

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