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Legislación › Ley 14/2007, de 5 de diciembre, del Instituto Catalán Internacional por la Paz.

Artículo 5. Organización.

Artículo 5. Organización.

1. Los órganos de gobierno y administración del Instituto Catalán Internacional por la Paz son:

a) La Junta de Gobierno.

b) El presidente o presidenta.

c) El director o directora.

2. El Instituto Catalán Internacional por la Paz dispone de autonomía orgánica y funcional y se rige por las disposiciones de la presente ley, por su reglamento orgánico y por el resto de reglamentos y normas de organización interna y funcionamiento.

3. El Consejo Asesor Internacional y el Consejo Catalán de Fomento de la Paz asisten a los órganos de gobierno del Instituto Catalán Internacional por la Paz en las actividades que así lo requieran.

4. En la designación de los miembros de los órganos de gobierno y administración del Instituto Catalán Internacional por la Paz debe tenderse a conseguir una representación equilibrada entre hombres y mujeres para garantizar que se tenga en cuenta la perspectiva de género.

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