Legislación › Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Artículo 29. Número de años con condición de becario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de enero de 2008 y la del 31 de mayo de 2009.
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Artículo 29. Número de años con condición de becario.
Sólo podrá Podrá disfrutarse de beca para los estudios conducentes al título oficial de Máster Universitario máster universitario durante el tiempo que dure un año más de los establecidos en el correspondiente plan de estudios. A estos efectos, se entenderá que los planes de estudios integrados por 90 créditos tienen una duración de un año y medio. En este caso la cuantía de la beca del segundo año será del cincuenta por ciento de la cantidad que le hubiese correspondido, con excepción del componente de matrícula que se abonará en su totalidad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de junio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-6275 | Leer | Qué cambió |
| 31 de mayo de 2009 | BOE-A-2009-8958 | Leer | Qué cambió |
| 18 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


