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Legislación › Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Artículo 38. Incompatibilidades.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de enero de 2008 y la del 6 de julio de 2012. Tachado: lo que se quitó (66 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 38. Incompatibilidades.
Las becas y ayudas al estudio reguladas en este real decreto serán incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma naturaleza y finalidad, salvo que el Ministerio de Educación Educación, Cultura y Ciencia Deporte declare la compatibilidad en casos suficientemente motivados.
No obstante, serán compatibles con las becas o ayudas para la misma finalidad que, con cargo a sus propios presupuestos puedan establecer las comunidades autónomas, las corporaciones locales, las universidades o el Ministerio de Educación y Ciencia en sus respectivos ámbitos de competencia, sin que, en ningún caso, el importe total percibido pueda superar el coste real de la prestación o prestaciones que cubran.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de julio de 2012 En vigor BOE-A-2012-9007 Leer Qué cambió
18 de enero de 2008 Texto original Leer

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