Legislación › Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Artículo 38. Incompatibilidades.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de enero de 2008 y la del 6 de julio de 2012.
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Artículo 38. Incompatibilidades.
Las becas y ayudas al estudio reguladas en este real decreto serán incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma naturaleza y finalidad, salvo que el Ministerio de Educación Educación, Cultura y Ciencia Deporte declare la compatibilidad en casos suficientemente motivados.
No obstante, serán compatibles con las becas o ayudas para la misma finalidad que, con cargo a sus propios presupuestos puedan establecer las comunidades autónomas, las corporaciones locales, las universidades o el Ministerio de Educación y Ciencia en sus respectivos ámbitos de competencia, sin que, en ningún caso, el importe total percibido pueda superar el coste real de la prestación o prestaciones que cubran.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9007 | Leer | Qué cambió |
| 18 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


