Legislación › Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de Defensa.
Artículo 9. Formación.
Artículo 9. Formación.
La formación en materia de riesgos laborales quedará garantizada mediante:
a) Su inclusión en los diferentes niveles de la enseñanza militar.
b) Los cursos que se impartan en relación con el puesto de trabajo y el uso de los diferentes materiales y equipos.


