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Legislación › Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de Defensa.

Artículo 9. Formación.

Artículo 9. Formación.

La formación en materia de riesgos laborales quedará garantizada mediante:

a) Su inclusión en los diferentes niveles de la enseñanza militar.

b) Los cursos que se impartan en relación con el puesto de trabajo y el uso de los diferentes materiales y equipos.

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