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Legislación › Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de Defensa.

Disposición adicional primera. Servicios de prevención en la Guardia Real.

Disposición adicional primera. Servicios de prevención en la Guardia Real.

La Guardia Real desarrollará la estructura adecuada de su servicio de prevención y de la unidad que los coordine.

Este servicio de prevención mantendrá dependencia funcional de la Unidad de Coordinación contemplada en el artículo 24.

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