Legislación › Orden FOM/1452/2008, de 28 de abril, por la que se regula la asignación de recursos a los programas financiados con cargo al uno por ciento cultural del Ministerio de Fomento.
Artículo 2. Transferencias de crédito.
Artículo 2. Transferencias de crédito.
El importe total retenido por cada obra afectada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, se comunicará a la Dirección General de Programación Económica, remitiendo el certificado de retención de crédito original.
(Párrafo segundo derogado)
Se deroga el párrafo segundo por la disposición derogatoria única del Real Decreto 582/2011, de 20 de abril. BOE-A-2011-8020.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de mayo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-8020 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2008 | Texto original | Leer |


