Legislación › Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.
Artículo 17. Uso compartido del dominio público radioeléctrico.
Artículo 17. Uso compartido del dominio público radioeléctrico.
Los titulares de derechos de uso de frecuencias, bandas o subbandas del dominio público radioeléctrico que en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias se establezcan como de uso compartido con otros titulares habrán de aceptar las limitaciones y restricciones inherentes a dicho régimen de asignación de frecuencias, incorporando a sus redes los dispositivos técnicos pertinentes.


